martes, 22 de enero de 2013

Medicina Legal. (Tipos de Experticias).

EXPERTICIAS.


Las experticias son unos mecanismos o procesos de investigación guiados por alguna ciencia o arte para establecer la falsedad, la verdad u originalidad de algo, que puede estar siendo utilizado en el proceso como evidencia de algún hecho y en la que existe algunas dudas.

TIPOS DE EXPERTICIAS:

Se distinguen fundamentalmente tres tipos de experticias:
1- Experticia Civil.

2- Experticia Laboral.

3- Experticia Penal.
Experticia Civil: Verificación de insania mental o defectos físicos relacionados con la capacidad civil, verificación de impotencia manifiesta, que puede dar lugar al desconocimiento de filiación por el marido, de constatación de embarazo y de vitalidad fetal post natal, de diagnóstico de enfermedades en oposición al matrimonio.



Experticia Laboral: Peritaciones en casos de juicios por accidentes laborales y enfermedades profesionales, con determinación de su nexo y evolución de incapacidad temporal o permanente, o en casos de desconocimiento del fuero maternal en los casos de trabajadoras gestantes.



Experticia de Tipo Penal: El objeto de la experticia penal puede referirse al cuerpo del delito, al imputado, o a la víctima o sujeto pasivo del delito, a los testigos, etc.


TIPOS DE EXPERTICIA PENAL:


1 -Experticia Física.

2 -Experticia Traumatológica.
3 -Experticia Ginecológica. 
4 -Experticia Ano Rectal.
5 -Experticia Tanatológica.
6 -Experticia Psiquiátrica.
7 -Experticia Hematológica.
8 -Experticia Sexológica.
9 -Experticia Toxicológica.
10- Experticia Odontológica.

Experticia Medico Legal:
La experticia médico legal, es todo mecanismos o procesos de investigación, que para el derecho procesal penal es una declaración jurada, útil para la valoración de elementos de prueba,  con la finalidad de realizar alguna imputación a determinada persona, cuya investigación es realizada por el especialista, investigador de la materia o perito el cual debe ser un médico.

“Toda actuación promovida por la autoridad policial o judicial, acompañada de un examen en que por la naturaleza del mismo, los peritos son o deben ser médicos”. Sousa Lima.



En la comprobación pericial del cuerpo del delito puede versar la experticia sobre cadáveres o sobre personas vivas, para conocerse en el primer caso, la identidad, la causa de muerte, la data de la muerte, etc. y en el segundo caso para dejar constancia de la región lesionada, clase de lesión, naturaleza del arma empleada, tiempo de curación, y en caso de delitos sexuales, constatar la comprobación de las evidencias anatómicas y físicas en el área ginecológica y ano rectal de la víctima, y la identificación del agresor.



INFORME MÉDICO FORENSE:

Constituye el resultado de la experticia legalmente practicada, la cual deberá quedar reflejada en un escrito o Informe Médico Legal o Informe Forense, que es necesario presentar de acuerdo a lo dispuesto en la norma adjetiva penal, laboral o civil, según sea el caso.

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