jueves, 3 de octubre de 2013

El Deslinde y la Partición.

Deslinde y La Partición

Deslinde, Conceptos.

-Es una acción o mecanismo judicial el cual es utilizado por el propietario de un inmueble, con el objeto de determinar la linea divisoria que separa dos fundos vecinos o colindante cuyos limites no están bien definidos o son dudosos.
-Es un derecho que corresponde al propietario de un inmueble (finca, fundo, terreno) a cercar la propiedad por medio de hitos (paredes, cercas), entre otros, para deslindar un inmueble de sus colindantes.

TIPOS DE DESLINDES.

-El deslinde puede realizarse mediante:
1-Acuerdo entre las partes. Se produce cuando ambos propietarios o interesados solucionan la problemática mediante un acuerdo.
2-Procedimiento Judicial. Se produce cuando no ha sido posible llegar a un acuerdo, se estable un procedimiento judicial, el cual puede ser solicitado por cualquier sujeto interesado o propietario, tras realizar el procedimiento el juzgado con competencia tomara la decisión. 

La Partición, Conceptos.


-Es el acto mediante el cual se distribuye el patrimonio, siguiendo objetivamente con lo establecido en la herencia, que por derecho le corresponde a los miembros de la comunidad sucesoral, extinguiendo en el mismo acto a dicha comunidad.


-Es un acto mediante el cual, los herederos materializan la porción ideal que en la herencia les corresponde, transformándolos en bienes concretos sobre los cuales tienen un derecho exclusivo.

-Acto en el cual normalmente ha de concluir la comunidad hereditaria, creando la cuota aritmética que cada uno de los herederos ha de recibir por derecho y que han de traducir en bienes materiales.

-Es la distribución del patrimonio hereditario entre los coherederos que pone fin la comunidad hereditaria.

Abogado Francisco Romero